Dr. Juan Pablo Borges*
En primer lugar, me gustaría agradecer a los responsables de la institución organizadora por la invitación formulad.
En cuanto a la temática a abordar, me gustaría efectuar algunas precisiones previas: la primera de ellas es que, el término "violencia", puede tener muchas acepciones, siendo comprensiva de muchas situaciones si se la toma en un sentido lato. Centraremos nuestras palabras en lo que se ha dado en llamar la "mujer golpeada".
La segunda aclaración es que no pretenderemos aquí abordar aspectos psicológicos, y mucho menos sentar tesis al respecto; tampoco abordaremos interpretaciones sociológicas al problema planteado. Lo que se hará es dar una visión del problema desde la óptica de mi profesión, que es la abogacía.
Y aquí efectuaremos la última precisión, y es que emitiremos algunas opiniones sobre la temática, en base a la experiencia personal, al conocimiento de determinadas situaciones, que he apreciado como funcionario de un Juzgado Penal, tomando declaraciones a los detenidos y testigos, durante dos años y medio y, luego, durante similar período, como Asistente de un Defensor de Oficio en lo Criminal. Sobre los aspectos jurídicos, efectuaremos un somero repaso de la ley aplicable.
Aspectos Legales
Vamos a hacer un rápido repaso de lo previsto en el Código Penal, en el Código del Proceso Penal y en alguna que otra ley como la de prevención sin prisión.
• Abogado. Funcionario del Poder judicial desde el 23/7/86 a la fecha.
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