Màs aspectos pràcticos

Se ha apreciado algún asunto en el cual el agresor estaba bajo efecto de drogas, pero no es indagado en el Juzgado por lesiones, sino por tentativa de homicidio, son raros esos casos con lesiones, por lo menos que lleguen a los juzgados. Probablemente, con el aumento en el consumo de psicofármacos, alcaloides y psicotrópicos varios los consumidores sean asiduos visitantes de las Sedes Penales por este tipo de delitos.

Repetimos, esto es lo que hemos apreciado, lo que hemos visto en el ejercicio de nuestra profesión, o cumpliendo nuestras funciones, no quiere decir que sea la única cara de la realidad.

Generalmente, los casos que aparecen, involucran personas de los estratos sociales más bajos, y siempre, con bajo nivel cultural, lo cual en realidad no dice mucho. No quiere decir esto que no surjan escenas de violencias en las clases medias, o las familias más acomodadas o pudientes. Simplemente quiere decir que no se denuncian. Y eso puede ser porque se soluciona en la Comisaría, o con un divorcio, pensión alimenticia y partición de los bienes. En realidad, nuestros Juzgados Penales, están casi exclusivamente reservados a los pobres, y si alguna persona pudiente es procesada y/o condenada, es una excepción que confirma la regla.

Con respecto a lo planteado con relación a cómo se materializa la denuncia, qué pasos se siguen en la práctica, diremos lo que sigue.

Con anterioridad se explicaron los requisitos que había que seguir a estos efectos, la instancia (denuncia) deberá ser por escrito, si es ante autoridad policial, debe constar en la misma el lugar y fecha de presentación, el nombre, edad, estado civil, profesión y domicilio de quien insta, acompañado por cosas, hechos o circunstancias que comprueben el cuerpo del delito, o en este caso, testigos. Se debe indicar el nombre del denunciado, relación de familia, profesión u oficio, en lo posible su paradero, etcétera.

La instancia, habíamos dicho debe ser firmada por el autor en presencia de la autoridad respectiva, en el caso de presentación de la denuncia ante la autoridad policial.

Si se efectúa ante el Juzgado, se labra un acta, extendida por la Oficina Actuaría.

Luego de formulada la denuncia, entonces, habrá que recabar prueba, esto es, además de los testigos, si los hubiere, hay que hacer constatar las lesiones recibidas. Un médico debe ver a la persona y extender una constancia. Cualquier certificado médico es un medio de prueba, pero, en este caso el Médico Forense es el auxiliar del Juez, es el técnico a su servicio, especializado en esta disciplina de la medicina. Es el médico forense el que dictamina, además de las lesiones recibidas, y su descripción, y ubicación, el período de tiempo que, a su juicio demorarán en curar las lesiones, y sobre todo el período de inhabilitación para atender sus ocupaciones ordinarias, si es superior a veinte días, entonces, nos encontramos con lesiones graves, y si son intencionales se actuará de oficio, si es de dieciocho días, por ejemplo, y la instancia no está deducida como la Ley marca, el hombre queda libre, aunque haya constatación de las lesiones.

El médico forense, es entonces fundamental en estas circunstancias, su dictamen es de particular importancia. Puede pasar, y a veces sucede, que la denunciante no concurre a la Sede Judicial a ratificar su denuncia, y, si se trata de lesiones ordinarias, en los hechos, el agresor queda libre.

Sobre la importancia de los médicos forenses, me permitiré comentar una anécdota, basada en un hecho cierto, en el cual intervine como funcionario. Una mujer comparece y denuncia a su marido por amenazas y lesiones. Estaba separada de él hace un tiempo. El había concurrido un día a su casa. La espera en el corredor de su apartamento junto a la escalera. Le pide que vuelva con él. Ella se niega, y él extrae un arma, la amenaza y efectúa un disparo. Y se va, luego de gritos, discusiones y forcejeos. El marido declara en la Comisaría y en el Juzgado que sólo pretendía asustarla, para que vuelva con él. Y exhibe un revólver de fulminante, muy similar a uno real, prácticamente idéntico. Y dice que el disparo que la mujer oyó era de fulminante. La mujer tenía una pequeña quemadura en la parte superior de un seno. Cuando el médico forense, el Dr. Guido Berro, la examina, dictamina que esa quemadura no es la producida por un fulminante, sino por el roce de una bala. Inmediatamente se ordena a la Policía Técnica que revise el rellano de la escalera, y luego de iluminar el lugar (estaba con muy mala iluminación), y buscar exhaustivamente, encuentran incrustada en la pared gris, el plomo de una bala calibre 32. Se reconstruye el hecho, y cuando la mujer dice que interpuso el bolso entre el arma y su cuerpo, se lo revisa, y se encuentra orificio de entrada, de salida, y una serie de documentos perforados. Luego -orden de allanamiento mediante-, se revisa el domicilio del hombre y se encuentra un arma. La Policía técnica, a través de una pericia balística confirma que la bala encontrada en el rellano de la escalera proviene de esa arma. El hombre es finalmente procesado por tentativa de homicidio. El médico forense fue el que hizo la diferencia.

A su vez, el magistrado, una vez decidido el procesamiento, y de acuerdo con lo que anteriormente explicamos, decidirá, en cada caso, y si corresponde, la aplicación de la prisión preventiva.

En caso que se decrete el procesamiento sin prisión, se cumplen igualmente una serie de trámites, pero el mismo día, esa persona recupera su libertad. Lo que se hace es lo siguiente: además del procesamiento, se le efectúa lo que se llama caución juratoria, que es una promesa del imputado de cumplir las condiciones impuestas por el Juez. Generalmente le imponen la obligación, en estos casos de presentarse una serie de veces a la Comisaría, de no salir de su domicilio en horas de la noche, de no acercarse al domicilio de su esposa en un radio de 100 metros, en fin, la casuística es variada. Si tiene bienes los afecta en garantía del cumplimiento de su promesa; u otra persona asume el cargo de fiador solidario de pagar la suma que fije el Juez (caución real y caución personal).

Luego de decretado el procesamiento sin prisión, y firmada la caución, entonces concurre a la Jefatura de Policía, donde se le retratará de frente y de perfil, se le tomarán las impresiones dactilares, etcétera: es el "fichaje". Concluida tal operación, lo dejan en libertad, generalmente lo trasladan a la Seccional o departamento que intervino, y allí lo liberan. Esto porque generalmente sus efectos personales quedan allí. Se efectúa tal cosa por medidas de salvaguarda o garantía, para evitar que ataque al guardia, o a otros detenidos, o se intente suicidar o autoinferir heridas, etcétera.

Ahora, ¿qué es lo que pasa en el Juzgado o en la Comisaría?

Bueno, la mujer agredida cuando concurre a la Comisaría deberá esperar a que la atiendan, si no hay nadie, igual espera un rato, generalmente, hay gente, o bien denunciantes o testigos, etcétera. En caso que no esté asesorada los funcionarios policiales le explican lo que debe hacer, y concurre entonces con el documento requerido, cédula de identidad, y todos los elementos necesarios, a veces es acompañada por algún vecino.

Allí la mujer encuentra las primeras trabas, los primeros obstáculos, esas amansadoras en las Comisarías, son unas largas esperas, que desalientan a muchas. Por lo demás, estos lugares no suelen ser los lugares más cálidos y agradables.

Además, las mujeres golpeadas no entran dentro de las prioridades de la Policía, primero hay que atender el que es prioridad en ese momento. La mujer golpeada no solamente es un asunto de menor cuantía, no solamente aparecen prioridades operativas antes que ese caso, sino que además, al ser los policías hombres, hay, a veces, una especie de solidaridad con las personas de su mismo sexo. Sucede con frecuencia, que la mujer tiene que insistir para que se le reciba la denuncia. Es que este señor agente, pésimamente pagado, y a veces muy desganado, tiene que llenar toda una serie de papeles, y ocupar tiempo en un asunto que él considera menor, así que suele suceder que se le pregunta si está segura, se la previene de todo lo que puede pasar, en fin, se la intenta convencer de la inutilidad de tal cosa. Otras veces, el policía bonachón intentará arreglar ese entuerto, y, actuando como una especie de Cupido, tratará de reconciliar a la pareja. Amonestará severamente al hombre, y cuando éste ponga cara de contrito, le pedirá a la mujer que lo perdone. Muchas veces la pareja se va junta y todos parecen felices. También sucede que más adelante, la mujer vuelve nuevamente, esta vez con algún diente de menos, un poco desaliñada, algún ojo morado a decir que "esta vez, no va a retirar la denuncia".

No hay comentarios:

Publicar un comentario